Hola a todos,
Quería compartir con vosotros el nuevo reglamento europeo de cosmeticos que entró en vigor este pasado julio.
Quería compartir con vosotros el nuevo reglamento europeo de cosmeticos que entró en vigor este pasado julio.
Este artículo lo he copiado de la Ocu,
mas abajo os dejo el enlace por si lo queréis visitar.
El nuevo Reglamento Europeo de Cosméticos entró en vigor en julio, teniendo entre sus objetivos la regulación de la información que éstos incluyen sobre sus propiedades, las alegaciones. Hasta ahora, a los fabricantes de cosméticos sólo se les pedía que los cosméticos fueran seguros, pero no que cumplieran lo que prometen. No tenían obligaciones y se solían ensalzar sus presuntas virtudes hasta límites engañosos, pues se les podían atribuir a los productos propiedades sin haberlas demostrado.
La nueva norma viene a paliar esta situación, pues señala que las reivindicaciones relativas a productos cosméticos serán objetivas y no deberán denigrar ni a los competidores ni los ingredientesutilizados legalmente. El nuevo reglamento alude a que las alegaciones deben estar apoyadas en la evidencia científica. Estos son algunos ejemplos de lo que apunta el nuevo reglamento:
No testado en animales
En marzo de este año terminó el plazo para que la industria cosmética tuviera que abandonar definitivamente la experimentación con animales. Sobre la reivindicación de esta característica en un cosmético, el nuevo reglamento indica que sólo se podrá mencionar que no ha habido experimentación con animales en la elaboración de un producto cuando ni el fabricante ni sus proveedores hayan realizado o encargadoexperimentos con ellos, su prototipo o alguno de los ingredientes que lo componen, ni hayan utilizado algún ingrediente que haya sido experimentado por terceros en animales con el fin de desarrollar nuevos productos cosméticos.
Dado que la mayoría de los ingredientes que se utilizan en cosmética han sido testados en animales en el pasado, a partir de ahora ¿qué producto podrá hacer esta alegación? Pocos.
El ingrediente invisible
Según la nueva regulación sobre las alegaciones en cosméticos, éstosno deben contener información que falte a la veracidad. Parece obvio, pero, por ejemplo, existen jabones de lavanda que no llevan ni rastro de lavanda.
El reglamento señala que si un producto indica que tiene un ingrediente específico, éste debe estar presente. Por ejemplo, un producto que indica en su envase que tiene miel, pero en realidad solo lleva aroma de miel, no estaría cumpliendo con el reglamento. Además, si un cosmético asegura en su etiquetado la presencia de un determinado ingrediente, el porcentaje de este ingrediente debe estar en una concentración o cantidad suficiente como para que sea eficaz.
Por ejemplo, si el producto señala “con Aloe vera hidratante”, pero este ingrediente figura en el último tercio de la lista, lo más probable es que esté en tan pequeña proporción que será sólo un mero reclamo y no aportará nada al producto.
Reclamos exagerados y permitidos
El nuevo reglamento exige que las alegaciones han de estar apoyadas en alguna evidencia científica, para proteger al consumidor de informaciones engañosas relativas a la eficacia de los cosméticos. Por ello, deberán hacerse ensayos que demuestren las propiedades señaladas en cada producto. Por ejemplo, si una crema corporal alega "48 horas de hidratación" habrá que demostrarlo. Las reivindicaciones deberán ser, además, claras y comprensibles para un usuario medio.
Sin embargo, seguirán permitiéndose alegaciones exageradas o hiperbólicas, donde esté claro que no van a ser tomadas literalmente por el usuario, además de declaraciones de carácter abstracto, que requerirán justificación. Según esta normativa, si un cosmético dice que “te hará crecer alas”, como se presupone que nadie lo creerá literalmente, se podrá utilizar tal afirmación, aunque siempre será ambigüa.
Queremos cosméticos que no digan "sin"
Existen alegaciones que se basan en un tipo de márketing negativo,que trata de denigrar unos ingredientes frente a otros supuestamente mejores o más naturales. Algunas de estas alegaciones sobre ingredientes legales son “sin parabenes”, “sin siliconas”...
Nuestra consejo es que no te fíes de las alegaciones que empiezan por “libre de” o “sin”, puesto que aunque pretendan facilitar al consumidor la información indicando en grande lo que NO tiene el cosmético, desvían la atención de la lista de ingredientes, que es donde SÍ está toda la información.
Oye que interesante! aunque aun parece que quedan pasos por dar pero es un avance.
ResponderEliminarhttp://losviajesdemodaderachel.blogspot.com.es/